Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la Ley 16.744 sobre prevención de riesgos profesionales. Establece la obligación de las empresas de muellaje de constituir un Comité Paritario de Higiene y Seguridad en cada puerto donde trabajen habitualmente más de 25 personas, y regula la elección de sus integrantes, la coordinación entre empleadores y la denominación del comité como Comité Paritario de Higiene y Seguridad de Faena Portuaria.