Resumen del criterio jurisprudencial
Graciela Evelyn Oyarzun Cárcamo interpuso recurso de protección contra Enel Distribución Chile S.A. y la Superintendencia de Electricidad y Combustibles por cobros excesivos en su suministro eléctrico y la falta de solución ante sus reclamos. La recurrente sostuvo que la empresa mantuvo una deuda injustificada desde noviembre de 2019, le ofreció repactaciones elevadas y no dio cumplimiento a lo resuelto por la SEC, vulnerando la igualdad ante la ley. La SEC informó que acogió el reclamo de la actora y ordenó a Enel acreditar el origen de la deuda, lo que la empresa hizo señalando que provenía de boletas impagas, convenios incumplidos y una conexión fraudulenta. La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso por estimar que el derecho invocado era dudoso y requería ser resuelto en un procedimiento de lato conocimiento, no mediante la acción constitucional de protección. Además, señaló que el reclamo ya estaba siendo conocido por la Superintendencia, por lo que no existía un acto arbitrario o ilegal que remediar por esta vía. En consecuencia, se rechazó el recurso sin costas.