Resumen del criterio jurisprudencial
Iv. se resuelve: el tta resolvió en la sentencia: i.- ha lugar en parte al reclamo interpuesto por don jorge manuel andrade tabali, en representación de don jaime castelblanco alcaide, a fojas 01. en consecuencia: ii.- déjese sin efecto en la parte correspondiente las liquidaciones n° 535-3 y 536-3, de fecha 29 de julio de 2013, emitiéndose una nueva liquidación al efecto en concordancia con lo resuelto en la presente sentencia, reliquidándose en su oportunidad. iii. que no se condena en costas por no haber sido parte alguna vencida totalmente de conformidad con el artículo 144 del código de procedimiento civil.