Resumen del criterio jurisprudencial
La reclamante Aguas Cordillera S.A. interpuso una reclamación tributaria contra el Servicio de Impuestos Internos (SII) en relación con una tasación de un bien raíz. El tribunal ordenó a la reclamante que acompañara documentos fundantes de su reclamo, como la carta informativa del SII, el detalle catastral, certificados de avalúo, planos, permisos, entre otros. La reclamante no cumplió con el requerimiento dentro del plazo, presentando solo cuerpos normativos que no se consideran documentos fundantes. Además, quien compareció en representación de la reclamante actuó en nombre de Aguas Andinas S.A., una persona jurídica distinta, careciendo de personería para representar a Aguas Cordillera S.A. En consecuencia, el tribunal hizo efectivo el apercibimiento y tuvo por no presentada la reclamación, declarándola inadmisible.