Administrativo

Artículo de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades que regula el quórum para…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades que regula el quórum para sesionar y adoptar acuerdos del concejo municipal. Establece que el quórum de sesión es la mayoría de concejales en ejercicio y los acuerdos se adoptan por mayoría absoluta de asistentes, con reglas para empates y voto dirimente del presidente. Los alcaldes no se consideran para el quórum de sesión, pero sí para los acuerdos.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.