Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema rechaza el recurso de casación interpuesto por Minera Escondida Limitada contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que acogió la demanda de indemnización de perjuicios. La demandada cuestionaba la aplicación del artículo 173 del Código de Procedimiento Civil respecto al lucro cesante, argumentando que se incurrió en ultra petita. La Corte Suprema confirma la sentencia apelada, desestimando los argumentos de nulidad formal presentados por la demandada. Se mantiene la condena a Minera Escondida Limitada al pago de $15.000.000 por daño moral y compensación por daño emergente.