Resumen del criterio jurisprudencial
Mirtha Margarita Polanco Araya interpuso una apelación el 24 de octubre de 2013 contra la Notificación de Infracción F3294 emitida el 30 de septiembre de 2013 por el Servicio de Impuestos Internos, por haber emitido boletas sin timbrar. La reclamación se basó en la supuesta improcedencia de la sanción y se presentó ante el Tribunal Tributario y Aduanero. El tribunal verificó que el plazo de 15 días para interponer la reclamación había vencido el 18 de octubre de 2013, de acuerdo con el artículo 165 del Código Tributario. Al no haberse respetado el término legal, la demanda resultó extemporánea. En consecuencia, el tribunal declaró inadmisible la reclamación de la parte actora. La resolución fue firmada por el Juez Titular Miguel Massone Pardo y autorizada por el Secretario Cristhián Navarrete Cottet.