Resumen del criterio jurisprudencial
A su vez, la Corte de Apelaciones razonó que la garantía del artículo 19 N°20 de la Constitución Política debía interpretarse en forma estricta y no por analogía, especialmente cuando se trata de presunciones de derecho. Agregó que el artículo 21 de la Ley sobre Impuesto a la Renta considera retirado el 11% del avalúo fiscal del inmueble destinado al uso personal de un socio o accionista, como una presunción de derecho en perjuicio del contribuyente que exigía la utilización total del inmueble, lo cual debía aplicarse rigurosamente. Complementando lo anterior, el Tribunal Ad Quem señaló que el artículo 21 de la Ley sobre Impuesto a la Renta contempla la posibilidad de graduar el monto del retiro presumido en función del tiempo efectivo de uso del bien raíz durante el ejercicio respectivo, como una garantía establecida en favor del contribuyente. Sin embargo, el contribuyente tenía la carga procesal de acreditar que el uso personal recayó únicamente sobre una fracción determinada del inmueble, según argumentó en el procedimiento, cuestión que no realizó. Los Magistrados argumentaron que para afirmar que existió un retiro presunto el Órgano Fiscalizador debió haber efectuado un análisis de comparabilidad verificable basado en las rentas de arrendamiento de inmuebles de características similares y solo cuando si la renta acordada con la sociedad fuera notoriamente inferior a la de mercado podría haber sostenido que se le entregó al socio el uso del inmueble calificable de retiro presunto. Entonces, agregó, de haber probado aquello hubiera sido procedente aplicar proporcionalmente la presunción del artículo 21 de la citada Ley, en atención a dicha superficie, evitando la aplicación automática de una ficción legal más allá de sus límites razonables. Lo anterior también ha sido el criterio del Servicio en el Oficio N°1.707 del año 2017, al cual la Corte hace referencia. Conforme con todo lo anterior, el Tribunal de Alzada concluyó que el reclamante no acreditó en forma suficiente que el uso personal del inmueble en cuestión recayó sobre una fracción del inmueble, por lo que correspondía aplicar íntegramente la presunción de derecho del artículo 21 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. A juicio del Tribunal Superior, esta falta de prueba de la reclamante no permitió cuantificar o delimitar la supuesta utilización parcial y aquello privó de base fáctica la pretensión de proporcionalidad.