Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de Zapallar, ordenándose la entrega de documentos y planos del expediente de la resolución de aprobación de anteproyecto de obra de edificación nueva que señala Lo anterior, por cuanto la reclamada, al exigir en forma previa a la entrega de la información, el pago de un monto por concepto de costos de reproducción que no se aviene a la normativa vigente sobre la materia. Asimismo, pues el legislador ha dispuesto un procedimiento de publicidad de las gestiones administrativas relacionadas con la construcción y las materias vinculadas a las autorizaciones y pronunciamientos relativos a edificación otorgados por la autoridad competente sobre la materia, esto es, las Direcciones de Obras Municipales. Aplica criterio contenido en los Amparos Roles C7718-21, C9235-21, C715-22 y C799-22. Lo anterior, debiendo tarjar los datos personales que puedan encontrarse incorporados en aquellos, pero manteniendo los nombres y firmas de los profesionales individualizados, entre ellos, el arquitecto que realizó el proyecto de arquitectura, el profesional que realizó el proyecto de cálculo estructural, el profesional a cargo de la obra, entre otros, en aplicación del principio de divisibilidad consagrado en la Ley de Transparencia.