Seguridad social

Artículo del DL 3.500 sobre pensiones de sobrevivencia en el sistema de capitalización…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del DL 3.500 sobre pensiones de sobrevivencia en el sistema de capitalización individual. Establece el procedimiento para incorporar beneficiarios no acreditados oportunamente, ya sea antes o después de iniciado el pago de pensiones, disponiendo la reliquidación de las pensiones conforme al saldo remanente o reservas no liberadas, con devengo desde la fecha del reclamo.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.