Laboral

Artículo 24 de la Ley 16.744 sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo 24 de la Ley 16.744 sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Crea un fondo especial para rehabilitación de alcohólicos, administrado por el Servicio Nacional de Salud, financiado con hasta el 10% de excedentes y multas. Los recursos se destinan preferentemente a clínicas y subvenciones, según reglamento presidencial.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.