Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la Ley de Propiedad Intelectual sobre obras cinematográficas. Establece que el contrato entre autores y productor implica cesión de derechos al productor, facultándolo para proyectar, televisar, reproducir, arrendar y transferir la obra. En el arrendamiento de películas extranjeras, la renta incluye los derechos de autor y conexos, cuyo pago corresponde al distribuidor.