DIRECTV Chile Televisión Limitada deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstit…
Informe · Tribunal Constitucional · 2023
Resumen
DIRECTV Chile Televisión Limitada deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad en contra de los artículos 33 N°2 y 34 de la Ley 18.838 que crea el CNTV. La empresa cuestiona una multa de 80 Unidades Tributarias Mensuales impuesta por el CNTV mediante Oficio Ordinario N°724 de 3 de octubre de 2023, por exhibición de publicidad de bebidas alcohólicas en horario de protección de menores. DIRECTV argumenta que las normas sancionatorias son vagas, indeterminadas y vulneran el principio de proporcionalidad reconocido en la Constitución. Se alega además la vulneración del debido proceso en el procedimiento de fiscalización y sanción. La empresa solicita la inaplicabilidad de las normas cuestionadas en el caso concreto y la suspensión inmediata de los efectos de la sanción.
Normas citadas
Artículo 93, incisos primero numeral 6° y undécimo, Constitución Política de la República
Artículos 33 N°2 y 34, Ley 18.838 (Ley que crea el Consejo Nacional de Televisión)
Artículos 19 N°2, N°3 inciso sexto y N°26, Constitución Política de la República
Artículo 9°, Normas Generales sobre Contenidos de Emisiones de Televisión
Artículo 47 A, Ley N°17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional
inaplicabilidad por inconstitucionalidadfacultades sancionatoriasprincipio de proporcionalidaddebido procesoindeterminación normativapublicidad de bebidas alcohólicasprotección de menorestelevisión
Lee el documento completo
Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.
Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona
Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.