Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la ley orgánica constitucional de municipalidades que faculta a los gobiernos regionales para celebrar convenios formales de programación de inversión pública con municipalidades, anuales o plurianuales y de cumplimiento obligatorio. Establece que dichos convenios deben definir proyectos, responsabilidades, metas, evaluación y revocabilidad, permitir reasignar recursos y la incorporación de otras entidades, y que las municipalidades deben presupuestar los recursos plurianuales. Los c