Administrativo

Artículo de la ley orgánica constitucional de municipalidades que faculta a los gobiern…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo de la ley orgánica constitucional de municipalidades que faculta a los gobiernos regionales para celebrar convenios formales de programación de inversión pública con municipalidades, anuales o plurianuales y de cumplimiento obligatorio. Establece que dichos convenios deben definir proyectos, responsabilidades, metas, evaluación y revocabilidad, permitir reasignar recursos y la incorporación de otras entidades, y que las municipalidades deben presupuestar los recursos plurianuales. Los c

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.