Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la Ley 16.271 sobre impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones. Establece que toda infracción sin sanción especial se castiga con multa del 5% al 50% de una unidad tributaria anual. En caso de reincidencia, la multa se duplica y, si el infractor es empleado público, puede sufrir suspensión o pérdida del empleo.