Resumen del criterio jurisprudencial
Se declara extemporáneo e improcedente el reclamo ya que el actor ”no reclamó” en tiempo y forma de los giros señalados ni de los giros de reemplazo de los anulados, habiendo ya precluido totalmente el plazo para hacerlo; entonces, construye una elaborada “mistificación” para auto generarse un nuevo plazo de reclamo mediante el expediente de presentar peticiones administrativas y -ante su negativa-reclamar, esta vez dentro del plazo contado desde la fecha de notificación de esta última, figura toda que luego rechazamos..