Resumen
El Servicio de Impuestos Internos autorizó el uso de documentos tributarios en papel a los contribuyentes de las regiones de Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana de Santiago, Libertador General Bernardo O’Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, La A.L.R., declaradas zonas afectadas por catástrofe debido a un sistema frontal con intensas precipitaciones, fuertes vientos, tormentas eléctricas y marejadas. La medida, basada en el artículo 54 del D.L. N° 825 de 1974, permite a los contribuyentes obligados a emitir facturas electrónicas usar documentos en papel por un plazo de doce meses desde la fecha de la catástrofe, según el artículo 19 de la Ley N° 16.282. Quienes puedan seguir emitiendo electrónicamente podrán continuar haciéndolo. La resolución rige desde su publicación en extracto en el Diario Oficial.