Laboral

Resulta jurídicamente procedente que doña Carolina Andrea Baeza Godoy y su empleadora A…

Resumen del criterio jurisprudencial

Resulta jurídicamente procedente que doña Carolina Andrea Baeza Godoy y su empleadora Alimentos Limay Limitada, convengan el otorgamiento de un bono compensatorio del beneficio de sala cuna, en proporción a los días trabajados y por el monto que resulte apropiado para que aquella financie el cuidado del menor Bastián Alexis González Baeza, en su domicilio, todo ello mientras no se haga uso de dicho derecho por medio de una de las alternativas legales señaladas en el cuerpo del presente oficio y las condiciones de salud de aquél aconsejen no enviarlo a sala cuna.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.