Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de La Florida, ordenando la entrega de información sobre deudas y multas vinculadas al no pago de permisos municipales. Se consideró que dicha información es pública según el artículo 5° de la Ley de Transparencia, al tratarse de documentos que constan en actos administrativos formales que autorizan la ocupación de bienes de uso público, cuyos pagos ingresan al patrimonio municipal. Además, se descartó la causal de secreto del artículo 21 N° 2 de la misma ley, pues la divulgación permite el control social sobre el cumplimiento de cargas públicas y las acciones de cobro del municipio, en virtud del artículo 13 del D.F.L. N°. El tribunal ordenó entregar la información solicitada, excluyendo datos personales como RUT, domicilio o teléfono, en un plazo de 5 días hábiles desde ejecutoriada la decisión, bajo apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia.