Resumen del criterio jurisprudencial
Disposiciones legales aplicables: artículos 97 n°10, 105, 107 y 165 código tributario; artículo 52, 54 del d.l. 825/74; se interpone reclamo en contra de una notificación de infracción del sii, mediante la cual se denuncia infracción tipificada y sancionada en el artículo 97 n°10 del código tributario. esta denuncia se fundó en que el contribuyente no emitió la boleta, y sólo se discutía si hubo maltrato de obra o palabra que pudiera constituir una agravente de responsabilidad. el tribunal no acoge el reclamo al arribar al convencimiento con los medios de prueba aportados que se ha configurado la infracción de la forma descrita en el n°10 del artículo 97 del código tributario y que ha existido maltrato de palabra hacia los fiscalizadores del servicio de impuestos internos.