Resumen del criterio jurisprudencial
Dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social sobre licencias médicas de descanso prenatal y postnatal. Resuelve que el derecho al subsidio por incapacidad laboral no está prescrito al haberse presentado el reclamo dentro del plazo de seis meses, pese a una demora por fuerza mayor debido a autorizaciones pendientes de licencias anteriores. Instruye a la COMPIN pagar el subsidio correspondiente.