Resumen del criterio jurisprudencial
Circular de la Superintendencia de Pensiones que modifica la Circular N°1780 sobre la base de datos de afiliados al seguro de cesantía. Establece plazos y procedimientos para que la Administradora de Fondos de Cesantía envíe archivos con información de afiliados, y regula la corrección y retransmisión en caso de errores. La circular entra en vigencia 90 días después de su publicación.