Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Sanitario chileno que regula los plazos máximos de permanencia de cadáveres sin sepultura. Establece que ningún cadáver puede permanecer insepulto por más de 48 horas, salvo autorización del Servicio Nacional de Salud, embalsamamiento o necesidad de investigación científica, judicial o penal, y permite ordenar plazos menores por razones técnicas.