Resumen del criterio jurisprudencial
Circular de la Superintendencia de Pensiones que determina la tabla de intereses aplicable por las Administradoras de Fondos de Pensiones para cotizaciones pagadas con retraso entre el 1 y el 31 de octubre de 2021, según el artículo 28 de la Ley N° 21.227. Establece una tasa de interés del 5,04% anual y detalla los porcentajes según día de pago y mes de devengamiento de remuneraciones.