Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Civil chileno, dentro del Libro IV sobre obligaciones, que define el alcance de la indemnización de perjuicios. Establece que ésta comprende tanto el daño emergente como el lucro cesante, originados por incumplimiento, cumplimiento imperfecto o retardo, salvo excepciones legales que la limiten al daño emergente.