Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo 64 del Código de Justicia Militar chileno. Establece que las Cortes Marciales pueden dictar medidas para corregir faltas o abusos en lugares de detención respecto de procesados bajo jurisdicción militar.
Artículo 64 del Código de Justicia Militar chileno. Establece que las Cortes Marciales pueden dictar medidas para corregir faltas o abusos en lugares de detención respecto de procesados bajo jurisdicción militar.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.