Penal

Artículo 64 del Código de Justicia Militar chileno.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo 64 del Código de Justicia Militar chileno. Establece que las Cortes Marciales pueden dictar medidas para corregir faltas o abusos en lugares de detención respecto de procesados bajo jurisdicción militar.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.