Tributario

De acuerdo a lo que establecerían los estatutos de su representada como objeto corpora…

Oficio · Servicio de Impuestos Internos · 2016

Resumen

De acuerdo a lo que establecerían los estatutos de su representada como objeto corporativo y que transcribe en su solicitud, ésta sería una empresa emisora de tarjetas de crédito. Ahora bien, en atención a que la SBIF ha considerado a las empresas emisoras u operadoras de tarjetas de crédito como instituciones financieras, a ellas le resultan obligatorias las normas contenidas en los incisos 2°, y siguientes del artículo 31 N° 4 de la LIR. Por consiguiente, su representada calificaría como una institución financiera en los términos señalados por la referida Superintendencia. Se informa además que los Oficios N°s 3.660 de 2005 y 1.971 de 2013 se encuentran vigentes.

Normas citadas

  • Ley de Impuesto a la Renta
SIIServicio de Impuestos Internosjurisprudencia administrativaoficioLey de Impuesto a la Renta

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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.