Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Procesal Penal chileno (art. 308) sobre protección a testigos. Faculta al tribunal, en casos graves o para evitar consecuencias negativas, a disponer medidas como videoconferencia u obstrucción visual para proteger al testigo. También establece deberes del Ministerio Público y criterios para calificar casos graves.