Resumen del criterio jurisprudencial
La sentencia de primera instancia no dio lugar al reclamo deducido en autos, por considerar que las cortesías, beneficios entregados a los clientes del casino, no eran necesarias para producir la renta, por lo que no podían ser deducidas en la determinación de la renta líquida imponible. la sentencia de primera instancia fue confirmada por la corte de apelaciones de rancagua. la sentencia de segunda instancia fue impugnada mediante recuro de casación en la forma y en el fondo. sin perjuicio de lo anterior, a parte reclamante se desistió de los referidos recursos ante la corte suprema.