Resumen del criterio jurisprudencial
La Tercera Sala de la Corte Suprema confirma la sentencia apelada de la Corte de Apelaciones de Valdivia de fecha veintiuno de enero de dos mil veinticinco. La resolución establece que una acción de protección no puede prosperar si el recurrente no acredita de manera específica cómo el silencio administrativo vulnera sus derechos fundamentales. El tribunal rechaza la acción al no encontrar prueba suficiente del daño alegado. La sentencia se pronuncia sobre los requisitos de procedibilidad de las acciones de protección constitucionales. Se confirma el criterio de la instancia anterior respecto a la insuficiencia de prueba.