Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Orgánico de Tribunales que regula la asistencia judicial y el privilegio de pobreza. Establece que los jueces, en causas tramitadas en papel simple, pueden liberar del pago de derechos a las partes que lo requieran mediante solicitud con fundamento plausible. Dispone además que los jueces designarán mensualmente y por orden de antigüedad un receptor de turno entre los que funcionen al servicio del tribunal.