Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Rancagua, en su sesión del veinticinco de septiembre de dos mil veintiséis, confirmó las resoluciones apeladas de la causa. Se confirmó la resolución del cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado de fecha diez de abril de dos mil veinticinco, la del cuaderno principal de once de marzo de dos mil veintiséis y la medida precautoria de siete de agosto de dos mil veinticinco. La confirmación se realizó de conformidad con los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Las resoluciones confirmadas fueron dictadas por el Segundo Juzgado Civil de Rancagua. La Corte ordenó la comunicación y devolución de las resoluciones confirmadas.