Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Civil chileno sobre servidumbres legales. Dispone que los árboles situados en una cerca medianera o en la línea divisoria de dos predios se consideran medianeros. Cualquier condueño puede exigir su derribo si le causan daño, y si se destruyen por accidente, no se repondrán sin su consentimiento.