Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Santiago rechaza el recurso de nulidad interpuesto por el demandante contra la sentencia de primera instancia que acogió parcialmente su demanda respecto a la existencia de un diferencial por horas de tiempos de espera. El demandante cuestionaba la base de cálculo utilizada para determinar el valor hora de los tiempos de espera, argumentando que debería considerarse el máximo de 88 horas en lugar de 180 horas mensuales. La Corte desestima el recurso, confirmando que la sentencia de primera instancia no incurrió en infracción sustancial de ley. Se mantiene la decisión original que acogió parcialmente la demanda sin costas.