Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Procesal Penal chileno que regula la entrada en vigencia temporal del Código respecto de hechos acaecidos en el extranjero. Establece que se aplicará a hechos posteriores a su entrada en vigor en la Región Metropolitana y a solicitudes de asistencia internacional y extradición pasiva recibidas con posterioridad al 16 de junio de 2005, manteniendo el Código de Procedimiento Penal para hechos anteriores.