Resumen del criterio jurisprudencial
La Asociación Gremial de la Industria del Retail Financiero interpone recurso de amparo económico en contra de la Resolución Exenta N° 286 de Subtel, publicada el 13 de febrero de 2025, que incluye las llamadas telefónicas de cobranza extrajudicial como servicios complementarios al servicio público telefónico, asignándoles bloques de numeración específicos (600 y 809). El RF argumenta que la cobranza extrajudicial telefónica difiere sustancialmente de la publicidad masiva y spam, constituyendo comunicaciones individualizadas con deudores determinados. Sostiene que la regulación es ilegal e inconstitucional por vulnerar el artículo 19 N° 21 de la Constitución Política. La Corte rechaza el amparo, estimando que la decisión de Subtel está amparada por la normativa legal y reglamentaria que regula las telecomunicaciones, sin que se advierta conculcación a la garantía constitucional invocada.