Tributario

Sin embargo, dicha exención debe ser declarada, según dispone la señalada norma legal p…

Oficio · Servicio de Impuestos Internos · 2009

Resumen

Sin embargo, dicha exención debe ser declarada, según dispone la señalada norma legal por el Director Regional de este Servicio que corresponda al lugar en que tenga su domicilio la empresa o entidad que organiza la reunión. Finalmente, en caso de obtener ingresos por la venta de productos para el consumo durante la reunión, dichas ventas se encontrarán gravadas con el tributo en comento, conforme al Art. 8°, en concordancia con el Art. 2°, N° 1, del D.L. N° 825, de 1974, debiendo emitir la respectiva boleta según lo establece el Art. 52°, del referido texto legal.

Normas citadas

  • Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA)
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