Resumen del criterio jurisprudencial
El órgano contralor objetó diversas disposiciones de la ordenanza comunal sobre construcción y urbanización, por vulnerar el principio de juridicidad al imponer requisitos sin base legal y delegar funciones resolutivas a una comisión sin competencias para ello. También rechazó exigencias como el certificado de no deuda y la aplicación de multas sin intervención judicial. El municipio deberá adecuar su normativa y respetar el marco legal previsto en la LGUC y su Ordenanza General.