Resumen del criterio jurisprudencial
La demandante, Inversiones Patagon SpA, adquirió mediante escritura pública dos terrenos industriales en Lampa, pero los vendedores eran impostores. El notario Jaime Bernales Valenzuela autorizó la escritura sin presenciar personalmente las firmas ni verificar adecuadamente la identidad de los comparecientes, según alegó la demandante. La estafa fue descubierta y se condenó penalmente a los responsables. La demandante interpuso acción de indemnización de perjuicios por responsabilidad contractual del notario. La Corte Suprema, en sentencia de reemplazo, acogió la demanda, estableciendo que el notario debe presenciar personalmente la firma de las escrituras públicas y verificar la identidad de los comparecientes. El incumplimiento de estos deberes genera responsabilidad contractual, independientemente del fraude de terceros. La decisión fue adoptada con el voto en contra del abogado integrante Carlos Urquieta, quien consideró que no se acreditó negligencia del notario.