Resumen del criterio jurisprudencial
Funcionarios traspasados desde CONICYT a la subsecretaría que indica, que siguieron perteneciendo a las asociaciones gremiales de ese organismo, perdieron su calidad de afiliados de estas en el plazo establecido en el artículo duodécimo transitorio de la ley N° 21.105. El fuero de sus directores se extiende por seis meses luego de dicho lapso.