Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código de Procedimiento Civil que regula el procedimiento del interdicto de denuncia de obra ruinosa. Establece que el tribunal practicará a la brevedad una inspección personal de la construcción o árboles denunciados, asociado de un perito y con notificación de las partes, dejando constancia en acta de los informes periciales y observaciones. Permite comisionar la diligencia a un juez inferior o ministro de fe cuando el reconocimiento deba realizarse a más de cinco kilómetros de lo