Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo 54 Q de la Ley 19.496 regula el procedimiento voluntario para la protección del interés colectivo o difuso de los consumidores. Establece los requisitos para que un acuerdo administrativo tenga efecto erga omnes: aprobación judicial, publicación oficial, y derecho de los consumidores a reservar acciones individuales. El incumplimiento del acuerdo constituye infracción legal.