Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema desecha de plano la solicitud de revisión presentada por Cristián Pantelakos Espejo, condenado por femicidio frustrado. El recurrente invoca como hecho nuevo el posterior suicidio de la víctima, sosteniendo que ello demuestra su inocencia al confirmar su teoría de que la víctima se lanzó desde un sexto piso. La Corte considera que, si bien se trata de un hecho posterior, no tiene la entidad suficiente para establecer la inocencia del condenado, conforme al artículo 473 letra d) del Código Procesal Penal. La resolución se funda en que la revisión de sentencias firmes procede solo cuando el hecho nuevo bastare para probar la inocencia, lo que no ocurre en este caso. En consecuencia, se rechaza la solicitud y se deniegan las peticiones accesorias.