La Junta de Vigilancia del río Grande o Limarí dedujo reclamación judicial contra la Re…
Sentencia · Corte Suprema · 2023
Resumen
La Junta de Vigilancia del río Grande o Limarí dedujo reclamación judicial contra la Resolución Exenta N° 130 de la DGA, que autorizó el traslado de derechos de aprovechamiento de aguas a la Sociedad Agrícola e Inversiones Juan Pablo Ltda., desde el canal Los Azules a la ribera del río. La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó la reclamación, pero la Junta de Vigilancia interpuso recurso de casación en el fondo ante la Corte Suprema. El máximo tribunal acogió el recurso, anulando la sentencia de alzada y ordenando dictar una de reemplazo. La Corte Suprema consideró que la solicitud de traslado constituía en realidad una nueva constitución de derechos de aprovechamiento, no una simple modificación, por lo que debía cumplir con los requisitos del artículo 151 del Código de Aguas. La DGA no verificó adecuadamente la legalidad del acto, incurriendo en una ilegalidad que fue convalidada por la Corte de Apelaciones. El fallo concluye que la reclamación debió ser acogida, al no haberse demostrado el cumplimiento de las exigencias para una nueva constitución de derechos.
Normas citadas
Art. 137 del Código de Aguas
Art. 151 del Código de Aguas
Art. 764 del Código de Procedimiento Civil
Art. 765 del Código de Procedimiento Civil
Art. 766 del Código de Procedimiento Civil
Art. 767 del Código de Procedimiento Civil
Art. 768 del Código de Procedimiento Civil
Art. 805 del Código de Procedimiento Civil
aguasCorte Suprema
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