Resumen del criterio jurisprudencial
El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación interpuesta por Belisario Antonio Farías Piña contra la Resolución Exenta N° de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana, que a su vez rechazó el recurso de reposición contra la Resolución Exenta N°. Esta última había declarado inadmisible la solicitud de invalidación de la RCA N°, que calificó ambientalmente favorable el proyecto "Centro Logístico Puerto Viluco". El tribunal consideró que la solicitud de invalidación no era la vía adecuada para impugnar la RCA, pues existía un régimen recursivo especial en la Ley N° 19.300 (artículo 30 bis) que debía agotarse previamente. En consecuencia, la declaración de inadmisibilidad se ajustó a derecho y la reclamación fue rechazada. El fallo no se pronunció sobre el fondo de la legalidad de la RCA, por ser incompatible con la decisión adoptada.