Resumen del criterio jurisprudencial
La sociedad Inmobiliaria y Constructora Nexo S.A., representada por su síndico de quiebras, reclamó en contra de la Resolución Exenta N° 1670 (79) de 5 de abril de 2013 del Servicio de Impuestos Internos, que denegó la devolución de pagos provisionales por utilidades absorbidas por $273.239.497 solicitada en la declaración de impuesto a la renta del año tributario 2010. El SII fundamentó la denegación en que el contribuyente no dio cumplimiento a los requerimientos de documentación contable tributaria durante la fiscalización. La reclamante alegó que sí cumplió y solicitó la aplicación del plazo de 12 meses del artículo 59 del Código Tributario, contado desde la notificación de la resolución. El tribunal consideró que el plazo no era aplicable porque la documentación no fue puesta a disposición del SII, y que la falta de entrega impidió la revisión. En consecuencia, se rechazó la reclamación y se confirmó la resolución impugnada, sin condena en costas por haber tenido motivos plausibles para litigar.