Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código de Comercio chileno que regula el no pago de la prima en seguros. Establece que la falta de pago produce la terminación del contrato tras 15 días desde la comunicación del asegurador, quien puede exigir la prima devengada y gastos. La responsabilidad del asegurador por siniestros posteriores cesa de pleno derecho.