Tributario

Artículo de la Ley 16.271 sobre impuesto a herencias, asignaciones y donaciones.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo de la Ley 16.271 sobre impuesto a herencias, asignaciones y donaciones. Establece la facultad del Servicio de Impuestos Internos para investigar contratos onerosos entre partes y determinar si encubren donaciones o anticipos a cuenta de herencia, procediendo a liquidar y girar el impuesto correspondiente si comprueba que las obligaciones no son efectivas o son notoriamente desproporcionadas respecto del precio de plaza.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.