Resumen del criterio jurisprudencial
Dictamen de la Dirección del Trabajo (ORD. N°291/27). 1. La aplicación armónica del artículo 66 de la Ley N°16.744 y de los artículos 23 y 27 del Decreto Nº44 de 2023 permite sostener que, para efectos de la constitución, funcionamiento y renovación de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, los conceptos de empresa, faena, sucursal o agencia deben determinarse atendiendo especialmente a la unidad espacial, funcional y preventiva del lugar de trabajo, a la prestación efectiva de servicios y a la exposición común. 2. Conforme a dicho criterio, si las dependencias de la Universidad Alberto Hurtado ubicadas en la comuna de Santiago Centro operan como una unidad integrada de trabajo, con espacios comunes, un mismo plan de emergencia y evacuación, un mismo programa de prevención de ries