Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo transitorio de la Ley de Matrimonio Civil que establece que los matrimonios anteriores a su vigencia se rigen por ella en separación, nulidad y divorcio, salvo formalidades y causales de nulidad según la ley vigente al contraerlo. Elimina la causal de nulidad por incompetencia del oficial del Registro Civil y flexibiliza la prueba del cese de convivencia. Además, reconoce fuerza en Chile a divorcios extranjeros dictados antes de la ley, previo cumplimiento del procedimiento de ejecución